Subvenciones para actuaciones de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas.

AYUDAS
alojamientos turísticos
eficiencia energética
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energías renovables

La Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura ha establecido mediante el DECRETO 290/2023, de 29 de diciembre, las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas y ha autorizado la única convocatoria de estas ayudas para 2024 por importe de 3.714.390 euros.

El plazo de presentación de solicitudes se inició el pasado 13 de enero y finalizará el día 31 de marzo de 2024.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones será el de concesión directa mediante convocatoria abierta. La cuantía máxima de la subvención será del 45 % de la inversión aceptada cuando el solicitante tenga la consideración de gran empresa, del 55 % cuando sea mediana empresa y del 65 % para pequeña empresa.

Estas subvenciones se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU. Estas ayudas contribuirán a alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la Unión Europea, mediante la realización de actuaciones de reforma de edificios existentes destinados a alojamiento turístico, que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono.

Entre las finalidades y objetivos de estas ayudas se encuentra la mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica y de las instalaciones de iluminación, así como el uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria, incluida la instalación de redes de calor y fío alimentadas por fuentes de energía renovable y / o calor residual para complejos turísticos de varios edificios.

Podrán ser personas beneficiarias, las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que tengan residencia fiscal en España y sean propietarias, explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios existentes destinados a alojamiento turístico.

Los alojamientos turísticos deberán figurar inscritos en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura a la fecha de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria y su extracto

Las actuaciones, para ser subvencionables, deben realizarse sobre edificios o complejos de edificios destinados totalmente a alojamiento turístico o realizarse sobre alojamientos turísticos que ocupen parcialmente un edificio.

 

El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es), y en el DOE de 12 de enero de 2024.

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