Publicado en el DOE 186, de 27 de septiembre de 2021, el nuevo Decreto Ley 7/2021 que modifica los decretos 5/2021 y 6/2021 (http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2021/1860o/21DE0009.pdf) y que flexibiliza los requisitos de las ayudas a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19. Se trata de una línea de ayudas a fondo perdido dirigida a autónomos y empresas de Extremadura cuya actividad se ha visto afectada negativamente por la pandemia provocada por la Covid-19.
Plazo:
Desde 27 de septiembre a las 11h hasta el 14 de octubre.
Objetivo:
Cubrir deudas y pagos pendientes con proveedores y acreedores financieros y no financieros, devengados entre el 01 de marzo de 2020 y 30 de septiembre de 2021.
Requisitos generales:
- Tener domicilio fiscal en Extremadura.
- Haber desarrollado la actividad subvencionable en 2019 y 2020 y continuar desarrollando la misma a fecha de presentación.
- Estar al corriente con Hacienda del Estado, Seguridad Social y Comunidad Autónoma.
- No haber declarado pérdidas en 2019
- Haber reducido su volumen de operaciones en más de un 30% entre 2019 y 2020.
- Tener deudas y pagos pendientes a proveedores y acreedores financieros y no financieros devengados entre el 1 de marzo de 2020 y 30 de septiembre de 2021.
Gastos subvencionables:
Aquellos que satisfagan deudas y pagos pendientes que tenga el solicitante y que cumplan con los siguientes requisitos:
- Que se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021.
- Que procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.
- Que estuvieran pendientes de pago a fecha 30 de septiembre de 2021.
TRAMITACIÓN:
La tramitación es telemática y se puede realizar a través del Portal Ayudas Solvencia Covid: pinche aquí
Para cualquier cuestión relacionada con esta ayuda:
Mail: solvenciaconsultas@juntaex.es
Teléfono: 900108353